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RECLAMACION +OFERTA VINCULANTE Whatssap


C.P MOSSEN CINTO VERDAGUER Nº 24

Calle Mossen Cinto Verdaguer Nº 24

43881 CUNIT (TARRAGONA)

CIF: H43265636

 

A la atención de:
CONAR S.L
CL POMPEU FABRA Nº 6-8  2º1ª

08302 MATARO (BARCELONA)

TF:643916721


 En Cunit a 16 de Mayo de 2025

ASUNTO: RECLAMACION PARA SUBSANAR MALA REPARACION EN TERRAZAS BAJOS 2º A y OFERTA VINCULANTE.

Estimados Señores:

En el mes de noviembre de 2.023, su empresa realizó trabajos de reparación en dos terrazas de la Vivienda Bajos 2º Escalera A ubicada en Calle Mossen Cinto Verdaguer Nº 24. Dichos trabajos consistieron en:

TERRAZA 1:Levantar cerámica existente; Cortar con radial perímetro de pared; Suministro y colocación de tela asfáltica embutida en pared; Suministro y colocación de cerámica antideslizante mod. Cazorla precio 13,25€m2,; Hacer salida de agua pvc 90mm; Colocación de Zócalo y borada; Limpieza final y traslado runas a vertedero y pago del canon de reciclaje. TERRAZA 2: Retirar zócalo existente; Suministro y colocación de cerámica antideslizante mod. Cazorla sobre pavimento existente y colocación de zócalo; suministro y colocación de peldaño mod. Cazorla para el forrado de escalones. Borar y limpiar. Todo ello, por un importe de SIETE MIL TRECE EUROS CON CINCO CÉNTIMOS (7.013,05€),  pagado según factura n.º TE30062023, de fecha 22 de junio de 2.023 y factura nº JSPBS38222302 de fecha 21 de noviembre 2.023.


Desde los inicios de la reparación se detectó que el material utilizado en esta reparación no era el material que se detalló en presupuesto y que posteriormente se facturó y que además las filtraciones acontecidas en el parking de la comunidad seguían existiendo, aún después de la reparación realizada por su empresa, causando mayores desperfectos en el cuarto de contadores de agua, cuarto de bajantes comunitarios y el techo de la plaza de parking del Sr. Julián Fernández Fernández. Lo que evidencia una ejecución defectuosa o inadecuada de los trabajos realizados. La administración se puso en contacto con el Sr. Javier de su empresa, y se quedó en tres ocasiones para subsanar está reparación, volviendo a levantar las terrazas y colocando el material adecuado para evitar las filtraciones de agua. En cada ocasión el Sr. Javier se puso en contacto para avisar que la fecha seleccionada no le iba bien por retrasos en otros trabajos, exceptuando el lunes 12 de mayo de 2.025 en que ya no avisó de porque no acudieron a subsanar los defectos que presentan las terrazas. Esta situación ha generado perjuicios tanto materiales como personales, al impedir el uso normal de la terraza.

En virtud de lo anterior, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1/2025, y con la finalidad de dar cumplimiento al requisito de procedibilidad previsto legalmente, se presenta la siguiente oferta vinculante en relación a subsanar los defectos que presentan las terrazas y solventar el problema de filtraciones que sufre la comunidad debido a la mala reparación de estas.

  1. Objeto de la oferta:

- Subsanar a su costa los defectos mencionados, garantizando la correcta ejecución de los trabajos; o


- En su defecto, abonar el importe total de lo que se pagó por la realización de la obra, por no haber utilizado el material adecuado  descrito en presupuesto y en consecuencia, no haber quedado resuelto el problema de filtraciones por el que se les contrató, cuyo importe asciende a SIETE MIL TRECE EUROS CON CINCO CÉNTIMOS (7.013,05€)

 

  1. Condiciones:
    • El oferente se compromete a subsanar a su costa los defectos mencionados, volviendo a realizar la reparación de ambas terrazas utilizando el material detallado en presupuesto y facturas abonadas o en su defecto abonar la cantidad detallada en el punto primero de esta oferta.
    • La presente oferta tendrá una vigencia de 30 días a contar desde su recepción por el destinatario.
    • La aceptación de la presente oferta podrá realizarse por escrito, mediante firma del presente documento o por cualquier otro medio fehaciente.
  2. Manifestación de voluntad: El oferente declara que la presente oferta se formula con carácter vinculante y con plena intención de cumplirla en caso de aceptación por la parte destinataria, conforme a lo establecido en la Ley 1/2025.
  3. Requerimiento de respuesta: Se solicita a la empresa CONAR S.L que manifieste su aceptación o rechazo dentro del plazo señalado. En caso de silencio, se interpretará conforme a lo previsto en la legislación aplicable. Pudiendo emprender las acciones legales oportunas ante los Tribunales competentes, con expresa solicitud de costas.

Quedando a la espera de una solución amistosa, reciban un cordial saludo.


Atentamente,

CP MOSSEN CINTO VERDAGUER Nº 24

Emilia Aparicio Casajuana

 

 

Administradora

 

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16/05/2025 2:35 pm CESTRECLAMACION +OFERTA VINCULANTE Whatssap Cargado/a por Emilia Aparicio Casajuana - emiliaparicio@googli.es IP 79.159.72.6